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El 25 de octubre de 1993, se envía una Denuncia Nacional ante 20 organismos de derecho privado y público, organizaciones no gubernamentales que atienden asuntos de defensa de los derechos humanos y de derecho privado y a 12 departamentos de derecho de las mejores universidades del mundo. Reza así:

DENUNCIA ANTE CORTES INTERNACIONALES Y ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS ESTADO DE INDEFENSION JURIDICA E INSEGURIDAD PUBLICA. DENUNCIA ABUSO DE LA POTESTAD JURIDICA Y EXTORSION PUBLICA POR MANEJO DE LA SENTENCIA JUDICIAL.

Yo, Mauricio Jorge Yattah, argentino de 44 años, contador público y en plenas facultades de identidad y arraigo, comprendiendo los derechos y obligaciones que me comprometen y asisten como ciudadano de un estado de derecho, como titular de La Liga Contra la Corrupción y el Maltrato Público y sabiendo que el Ser Humano Es en tanto y en cuanto pueda vivir en Libertad e Independencia dentro de un estado jurídico que lo proteja y exija, con un gobierno que potencie y equilibre las funciones de legislación, ejecución y justicia: en aras del bien individual y colectivo, público y privado a los que indeclinablemente debe servir y sumirse, me presento y digo que:

I- Motivo de la Denuncia Internacional y Pública

Vengo en este acto por mi y por todo aquél ciudadano argentino y/o habitante de este suelo que se autoconvoque e integre a esta presentación a Denunciar al Poder Judicial Nacional y Provinciales del actual estado de situación que vive el PUEBLO ARGENTINO por la falta absoluta de justicia eficiente, eficaz y oportuna que nos lleva a existir en:

1- un estado de Indefensión Jurídica total y absoluto y límite para la supervivencia del estado de derecho.

2- un estado de Inseguridad Pública de corte netamente salvaje que atenta contra la persona y la propiedad individual y colectiva, privada y pública

3- un permanente Abuso de la Potestad Jurídica cedida y,

4- un Manejo Extorsivo de la Sentencia Judicial, fuera de toda proporción culta y civilizada.

Situaciones que llevan a un Nivel de Corrupción inaudito enquistado en el aparato jurídico-legal, extendido en toda la función pública y utilizado por el Poder Político para perpetuarse y desfigurar el libre funcionamiento de la voluntad ciudadana y de la plena representatividad en las decisiones y necesidades individuales y sociales, en un marco de libertad e independencia y dentro de un sistema Realmente democrático, representativo, republicano y federal.

II- Presentación ante Cortes Internacionales y Organismos de Derechos Humanos de pruebas que sustancien I-

1- a través de la presente Denuncia se adjuntan casos que explicitan y prueban las afirmaciones del estado de Indefensión Jurídica, del estado de Inseguridad Pública, del Abuso de la Potestad Jurídica y del Manejo Extorsivo de la Sentencia Judicial por parte del Poder Judicial y de profesionales independientes, que utilizan las estructuras jurídico-legales como un sistema jurídico-económico en beneficio propio fuera de todo valor y principio moral y ético.

2- con la presente Denuncia se deja abierto el camino para El Recurso Internacional Extraordinario por ante Organismo Internacional y de Derechos Humanos a cualquier ciudadano o habitante de la República Argentina que se sienta agredido, violentado y/o ignorado en su Derecho Natural, de recurrir y ser satisfecho plenamente por el aparato judicial nacional y/o provincial, en su condición de Ser Humano Jurídico. Condición que lleva a ceder, y hasta olvidar, las defensas naturales en pos de una defensa más culta y civilizada de existencia jurídica.

III- De las consecuencias producidas por el actual estado de cosas.

El manejo extorsivo y premeditado del trámite y del procedimiento jurídico-legal produjo las exteriorizaciones que hacen a los puntos establecidos en I- y han degenerado y deformado valores, principios y órdenes tanto individuales como sociales y tanto privados como públicos dejando sin norte la moral y la ética, y deformando las relaciones humanas al punto del caos total cultural y cívico.

Esta falta de orientación cívico-cultural de la cual la sentencia judicial es elemento fundamental por la oportunidad y circunstancias en que debería producirse para "reducir el conflicto social" produjo en nuestro sistema social, político y económico las siguientes degeneraciones entre infinitas otras:

1- deformó la democracia en una Iuriscracia, gobierno de la ley por la ley y para la ley misma.

2- deformó una sociedad libre e independiente en una sociedad que funciona en términos de Amansamiento.

3- deformó e inutilizó los sistemas de educación, salud, retiro, distribución equitativa económica, inversiones, trabajo, etc.

4- deformó y produjo una inequidad evidente en los valores de necesidad social de las profesiones y oficios; atribuyendo a la profesión del Derecho y del Trámite Público la condición de Imprescindible para el funcionamiento social dentro de cualquiera de sus expresiones creativo-productivas colectivas.

5- deformó y desequilibró el natural balance de la renta tanto privada como pública en términos en que: dónde a mayor y mejor esfuerzo, idoneidad y dedicación ya no corresponde mayor y mejor retribución.

6- deformó el sistema económico de producción de bienes y servicios por y para la comunidad en un Mercado del Conflicto de exclusivo dominio y beneficio del Hombre del Derecho.

7- deformó los equilibrios del poder político de la trilogía funcional democrática en un poder despótico e inútil por inacción, inoperancia y desgobierno llamado El Gobierno de los Jueces.

8- deformó... etc.etc.etc.

IV- De algunos números y cifras que hacen a lo expuesto.

1- del 80 al 90% de los delitos sufridos por los argentinos no son denunciados por falta de credibilidad en: la justicia y por comprender que el costo del servicio judicial es excesivamente ridículo en tiempo, esfuerzo y dinero como para encarar un resarcimiento del daño sufrido. Estos delitos no denunciados se llaman Casos Ocultos.

2- de 100 causas presentadas en lo penal salen con sentencia en primera instancia solo 4 (cuatro) en el ridículo plazo de 5 a 7 años promedio. Lo cual deja la participación del Poder Judicial en 4 de cada 1.000 delitos por los argentinos.

3- de 100 causas presentadas en lo civil y comercial salen con sentencia en primera instancia solo 9 (nueve) en el ridículo plazo de 7 a 8 años promedio.

4- sobre 226.600 causas iniciadas en penal en la Provincia de Buenos Aires se produjeron solo 11.267 sentencias por un total de 130 jueces con un promedio por juez/año de 86 sentencias.

5- el número de delitos producidos en la Prov. de Bs.As. en el año 1991 (fecha de estas estadísticas) fue de entre 2.266.000 a un 10% menos, sobre 12.700.000 habitantes.

6- si se acumula la "indefinición jurídica" desde el año 1973 al año 1992 (extrapolando el primer semestre del ´92) y considerando un 90% de casos ocultos en los años 90/91/92 se llega a que el delito acumulado en la Prov. de Bs.As. fue de 19.656.000.- de los cuales la justicia resuelve de a 11.000 causas por año.

7- aproximadamente entre un 85 a un 90% de toda la población carcelaria está Sin Sentencia Firme, lo cual demuestra la total y absoluta ruptura de la principal defensa del ciudadano ante el embate del sistema: el Habeas Corpus.

8- si a estos güarismos se le agregan "la actitud ya institucionalizada" de que:

a) si el denunciante no tiene Plena Prueba la policía le "aconseja" no hacer la denuncia, y

b) los robos y hurtos de minicomponentes, etc. (por tener un valor de seguro muy alto, o no ser asegurados en absoluto) Ya No Se Consideran Delitos. Lo cual lleva a otra ridícula situación: que el Código Penal se comienza a aplicar sobre las cosas y no sobre las acciones de las personas, y que los casos de "delitos" se reducen y pasan a engrosar los "casos ocultos" per se.

V- De la Sensación Social de Indefensión Jurídica y de Inseguridad Pública plenamente justificada.

Todos los datos relevados por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires al igual que los datos de otras Supremas Cortes y de la Corte Suprema de la Nación marcan aproximadamente los mismos rendimientos del Poder Judicial, la reticencia de los profesionales del derecho de proponer soluciones concretas para la transformación del sistema de administración de justicia y de seguridad pública, la orientación premeditada de "echar culpas" a la delincuencia ciudadana y al pueblo en general y así escapar al bulto de la Responsabilidad Concreta Profesional, en beneficio del actual estado extorsivo y de explotación del Mercado del Conflicto, son cifras y actitudes que Plenamente Justifican la Sensación Popular que mueve a esta Denuncia Internacional y Pública.

Nunca un sistema público podría producir tan pocos resultados en la función específica que le incumbe, sino produjera rendimientos "ocultos" a los responsables del manejo de los medios del mismo, que implícitamente los convoque y asocie en función del "lucro excepcional" y deje claro la necesidad de mantener a toda costa el estado deformado de cosas. Este estado fue el que se transformó formalmente en el Mercado del Conflicto y en un Poder por sobre el gobierno democrático elegido.

VI- Petitorio

1- Se tenga por presentada la correspondiente Denuncia Internacional ante Las Cortes Internacionales, Los Organismos Internacionales y las Organizaciones para la Defensa de los Derechos Humanos (tanto gubernamentales como no-gubernamentales) que acepten ser receptoras y subrogarse la función del Arbitros y/o Jueces entre los Ciudadanos Argentinos o Residentes en la República Argentina y el Poder Judicial Nacional y/o Provincial que no produzca sentencia eficiente, eficaz, ecuánime y oportuna.

2- aceptada la funcionalidad de 1- se establezcan los procedimientos jurídico-legales para que cualquier Ciudadano Argentino o Residente en el país pueda utilizar sin trámites complejos y de manera directa este Recurso Internacional Extraordinario por ante Organismos Internacionales y de Derechos Humanos para la defensa del Derecho que le asiste como Ciudadano Jurídico del Mundo, y que implique la simple presentación de la forma de rigor y de los elementos probatorios presentados ante la Justicia Nacional y/o Provincial que perjudique con su acción o inacción al denunciante.

3- Se produzca Una Sentencia Jurídica Mundial y/o Circunscripta al Organismo que la emita y que, a pesar de no poder quebrar la soberanía del estado de derecho en cuestión, permita al denunciante Tener Justicia y así mantener el ideal de que Vivir en Derecho y con Ley justifica sus Propios Valores Cívicos y Culturales, a pesar de las distorsiones funcionales que hacen al sistema jurídico nacional y/o provinciales de la República Argentina.

Buenos Aires, República Argentina

25 de octubre de 1993.

Firma Dr.C.P.Mauricio Jorge Yattah

Titular de
La Liga Contra la Corrupción y el Maltrato Público


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