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PROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFORMACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

PUBLICA

POR MEDIOS ALTERNATIVOS

Parte I

Situación Actual de la Administración de Justicia

Se tomarán los datos y ejemplos del Poder Judicial de la Prov. de Bs.As. (pero los güarismos nacionales y del resto de las provincias no difieren mucho en términos relativos)

Se propone para la Transformación del Sistema de Administración de Justicia por Medios Alternativos, una experiencia piloto tomando como "átomo" al Partido de Gral. Pueyrredón y al Departamento Judicial Mar del Plata para después ser aplicado en el resto del país en forma "localizada" por depto. judicial y en función de las necesidades y recursos propios y genuinos de cada localidad.

Se propone como plazo tentativo y perentorio para la transformación integral y completa de la Administración de Justicia 3 meses corridos desde el momento de la intervención del Depto. Judicial.

1- Situación actual de la Administración de Justicia

(datos de la SCDJPBA estadísticas 1991) extrapolados con datos varios de público conocimiento.

Debido al Impacto y a la Necesidad Social se tomarán solo los datos en el Fuero Penal (Criminal y Correccional)

CAUSAS INICIADAS...................................................226.600.-

Promedio por Juez Criminal...................................... 1.540.-

Juez Correccional.............................. 2.128.-

Total de SENTENCIAS (de 130 jueces)............ 11.267.-

Porcentaje Sentencias/ Causas Iniciadas............... 4,97%

Prom.Sentencia / Año por Juez Criminal................. 79.-

Prom.Sentencia / Año por Juez Correccional......... 98.-

Si se considera que las Causas Iniciadas son solo del 10 al 20% (como máximo) de los delitos cometidos, ya que del 80 al 90% de los delitos sufridos por la ciudadanía NO SON DECLARADO (casos ocultos) se puede llegar a un nivel de delito aproximado por año en la Prov. de Bs.As. en el año 1991 de acuerdo a las causas iniciadas de entre 2.266.000 a 2.039.400 delitos.

Sobre una población de 12.700.000 habitantes hay un delito por cada 5,60 a 6,23 habitantes por año.

Considerando tan solo un 80% de los delitos que sean los llamados "casos ocultos" (no denunciados) y sumando los últimos 19 años de causas iniciadas y aplicándoles el porcentaje al 80% se llega a que los ciudadanos de la Provincia de Buenos Aires han sufrido 12.858.000 delitos, es decir Más De Un Delito Por CADA UNO DE LOS 12.700.000 habitantes, sin exclusión.

Se debe considerar que ya desde el año 1992 NO SE COMPUTAN COMO DELITOS (¿?¡!), es decir que salen del cómputo natural de las "estadísticas oficiales", el robo de pasacassettes y otros elementos electrónicos (con una gran cobertura o no cubiertos por las compañías de seguros).

A ello hay que sumarle también la "costumbre recomendada y oficial" dada por orden no escrita a la Policía de la Provincia diciendo que "desalienten la denuncia del denunciante"; así ante la presencia del ciudadano al mostrador de la comisaría se le hacen preguntas del tipo: ¿ tiene pruebas suficientes para sustanciar el proceso ? ó ¿ conoce quién cometió el delito ? o

¿ sabe los inconvenientes que le va a producir hacer la denuncia para que tal vez nunca salga una sentencia ? etc.

Ambas situaciones, y otros manejos de este tipo, han hecho disminuir los guarismos en relación a 1990, haya así aumentado el nivel de los valores relativos entre causas iniciadas y "sentencias en primera instancia producidas", sin por supuesto haber realmente aumentado las mismas, que siguen así en los mismos niveles históricos mencionados.

En términos reales el delito ha aumentado considerablemente en la Prov. de Bs.As.

Sobre el 4,97% de resolución el promedio de tiempo transcurrido entre la Iniciación del Proceso y la Sentencia en Primera Instancia está establecido entre 5 a 7 años.

De la población de reclusos, en todo sentido, existe un promedio de entre un 75 a un 90% de los mismos cuyos procesos "están abiertos" y Sin Resolución Judicial Firme y Definitiva. Existiendo una saturación de la Unidad Carcelaria de Batán, por ejemplo, que obliga a las distintas seccionales de MDP a mantener una "Población estable de detenidos" que excede con creces la capacidad operativa, funcional y de responsabilidad del personal a cargo. Situación ésta que lleva incluso a mantener detenidos con más de 1 año de antigüedad. Y a llegar a disponer de 20 o 30 reclusos con una custodia en la seccional que aveces se reduce a un puñado de efectivos que, como se comenta, llegan a 1 , 2 o 3 para todos los reclusos.

Otros datos de situación son:

* más de 3.000.000 de armas para la defensa personal registradas.

* un incremento asombroso de denuncias contra jueces, camaristas y ministros de cortes de justicia a través de juries y juicios políticos en el último año que obligaron a desdoblar la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires abriendo una Secretaria Especial para Juries.

El promedio de presentaciones de Juries anterior al año pasado era de entre 3 a 5, el último año subió a 130 (ciento treinta) lo que significa un INCREMENTO DE UN 3.250% en un solo año.

Los resultados de Efectividad y Eficiencia no se han alterado a través de los años, pero si se han actualizado los sueldos de los jueces quiénes de estar en 1989 en unos $850 han pasado a cobrar en la actualidad $5.000.- Estando un Ministro de la Suprema Corte en unos $ 8.000.- libres de otros muchos beneficios. (en 1995 estos sueldos han montado más de un 60%).

* Un incremento en los casos de Defensa por Mano Propia por parte de la comunidad.

* El robo de expedientes, fojas, pruebas, depósitos consignados, etc. que hacen a la Prueba para la Defensa del Derecho Propio en Juicio, cuando se denuncian, no "encuentra responsables" aún sabiendo de la gravedad del caso ya que el Juzgado es Depositario Fiel y el Juez y el Secretario Responsables Directos de las mismas.

* La fijación de algunos honorarios profesionales exceden muchas veces con creces los montos en litigio, llegando a cifras "irrisorias" y ridículas" que más que leoninas son varias veces confiscatorias del patrimonio "no comprometido en el litigio" de los ciudadanos que fueron a requerir el Servicio de Justicia.

Un claro índice del nivel de extorsión judicial que produce el sistema contra el ciudadano argentino.

* A pesar de existir Acordadas de la SCDJPBA para el chequeo periódico psico-físico del agente judicial (caso de la 2300/88) se realizó un muestreo al azar, sobre varios agentes y se concluyó que NO SOLO NO ES COSTUMBRE realizarse el chequeo sino que Nadie lo efectuó jamás (incluyendo aquí el caso de agentes con 35 años de servicio que JAMAS se sometieron a ningún tipo de chequeo psico-físico).

Si se considera que el trabajo de un juez es "definitivamente estrezante" y de una presión psíquica de enormes proporciones, las probabilidades de alteraciones psíquicas ondan porcentajes altísimos. No tener "controlers psiquiátricos y psicológicos" periódicos los hace incuestionablemente "inhábiles" en términos acumulativos con el correr de los años para cumplir con sus funciones.

Un solo dato al margen de esta presentación es, la experiencia "indoors" que la Asociación de Psicoanalistas de la Rep.Arg. produjo cuando quiso introducir un chequeo periódico con una "batería de tests", a sus miembros. Produciendo resultados de hasta un 60% de profesionales que "no estaban en condiciones de ejercer". Por supuesto que los tests y controles institucionales se "cortaron" y se dejó que cada profesional produjera sus propios "remedios" de estabilización y catarsis psíquica.

¡Ni pensar lo que sucede en el Poder Judicial de nuestro país !

Los resultados están a la vista y en la sensación cotidiana de toda la ciudadanía.

Estos puntos presentados arriba son solo una síntesis apretada de la situación existente en la Administración de Justicia, llevaría tal vez años llegar a definir puntualmente la situación exacta existente, ello sin considerar las alteraciones de Valores y Principios Morales y Eticos afectados por la irrupción y el manejo en el sistema judicial del Mercado del Conflicto, como un mercado cierto y definitivo de la actividad económico-financiera en la Argentina.

La elefantiasis Jurídico-Legal y el "arreglo político, institucional y profesional" al actual sistema de corrupción institucionalizado y enquistado dentro del sistema, que inevitablemente afecta a cada ciudadano argentino, y en especial a los que requieren del servicio público de justicia, hace IMPRESCINDIBLE LA TRANSFORMACIÓN DEL MISMO POR MEDIOS ALTERNATIVOS.

Las dos alternativas visibles, dado el alto nivel de corrupción imperante, son:

1- Seguir con el actual sistema extorsivo de desintegración jurídico-institucional -efectividad del Poder Judicial sobre los delitos sufridos en los últimos 19 años de 12.858.000 se produjeron 11.267 sentencias en 1991- lo que significa que tenemos una resolución anual de un 0,000876 % y que el resto es "trabajo sin concluir" o en el cual ni siquiera se ocuparon por infinita cantidad de causas que hacen "a la desconfianza cierta del ciudadano violentado" y a la propia ineficiencia, ineficacia y premeditación hacia "la no sentencia y hacia la no justicia" que tienen los hombres y mujeres del Poder Judicial.

El significado de estas 11.267 sentencias que representan tan solo el 0,000867 % del delito sufrido en 19 años nos dice que su contracara es el 99,999124 % de una NO INTERVENCION DEL PODER JUDICIAL EN LOS ASUNTOS QUE HACEN A SU PURA Y EXCLUSIVA INCUMBENCIA "LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA".

Este 99,999124% está compuesto por casos de:

1- argentinos violentados que no se presentaron ante los tribunales porque no "le inspiran confianza"

2- argentinos que se cansaron de "seguir" sus procesos judiciales y desistieron de las acciones.

3- argentinos que arreglaron en las comisarías (aprox. un 1% de las denuncias se arreglan vía comisaría).

4- causas que se perdieron, extraviaron, robaron, etc.

5- etc.etc.

La reflexión ante esta situación es que no puede existir negocio en el mundo que "preste un servicio" que pueda funcionar vendiendo a tan solo el 4% de los clientes que le requieren del servicio y que, para colmo, se lo dan después de 6 años promedio de haberlo solicitado.

Ni hablar del 99,99% restante.

Los argentinos tenemos la "biblioteca llena de libros" pero no los usamos de manera útil y efectiva, tampoco, los utilizamos para que cumplan con la función para la cual fueron hechos, que es servir a la comunidad en la Necesidad Básica Social por Excelencia y la Más Importante de una Sociedad: Recibir Justicia que Resuelva el Conflicto y que Impere la Causa Justa y Ecuánime para proyectarnos como una sociedad culta y civilizada, en un marco de paz, tranquilidad y esperanzas del cual, desde hace mucho tiempo, y cada vez nos estamos peligrosamente alejando.

2- Efectuar un "Punto y Aparte" utilizando Medios Alternativos y Generar un Sistema de Administración de Justicia Nuevo que se adapte a los requerimientos de todos los argentinos, permitiéndonos así consolidar una Democracia Efectiva y Plena con los 3 poderes que funcionen realmente cumpliendo el servicio institucional para el cual fueron instaurados.

PARTE II

2- Intervención de los departamentos judiciales

3- Puesta a disposición de los agentes judiciales

4- Apertura de Registros de Causas Pendientes y de

Trabajos sobre los casos de detenidos sin sentencia judicial definitiva.

5- Convocatoria a los profesionales independientes

6- Diagramación y presupuestos para la seguridad pública

7- Diagramación y presupuestos para la implementación de los distintos sistemas de administración de justicia electrónicos y audiovisuales.

8- Convocatoria a Bancos y Entidades de Producción de bienes y servicios locales.

Departamento Judicial Piloto: Mar del Plata

Tiempo para la Transformación: 3 meses

Transformación por Medios Alternativos (sin soporte legislativo secuencial ni específico)

2- Intervención del Departamento Judicial.

La SCDJPBA intervendrá "de manera simbólica" al Depto. Judicial Mar del Plata, para poner a todo el organismo en un Punto Muerto en su Actividad. Como excepción se dejan en funcionamiento los juzgados de Menores.

Desde ese momento entran a correr los 3 meses para la Reestructuración Organizativa y Administrativa Judicial.

Desde ese momento se podrá a Disposición un Nuevo Registro de Causas Abiertas para la Resolución Judicial por el Nuevo Sistema, en cada Mesa de entrada de cada juzgado.

También desde ese momento se incorporarán a los Juzgados Criminales y Correccionales los jueces, secretarios, oficiales y Personal necesario de los juzgados civiles y comerciales y de trabajo para servir de "soporte de trabajo", dentro de sus mismas jerarquías, en los casos penales de personas detenidas sin sentencia judicial definitiva, para que dentro de los 3 meses quede resuelta la situación del 100% de los detenidos.

3- Puesta a disposición de los Agentes Judiciales.

Desde el momento de la intervención todos los agentes judiciales estarán a disposición de Peritos Psiquiatras y de Médicos Especialistas que, sin conocer la identidad del paciente ni su jerarquía o función, procederán a la evaluación psico-física de cada agente judicial, determinando:

1- si es apto psico-físicamente para cumplir funciones dentro del Poder Judicial

2- si es apto pero requiere de un tratamiento determinado

3- si no es apto para cumplir funciones.

Todos los datos serán reservados hasta 15 días, anteriores al vencimiento del plazo de 3 meses, momento en el cual se darán a publicidad para restituir o remover de sus cargos originales a los agentes judiciales examinados. Los estudios servirán a continuación para abrir carpetas de seguimiento psico-físico periódico a aquellos agentes aceptados o que hayan sido enviados a realizar tratamientos de distinto tipo psiquiátricos y/o físicos.

Todos los análisis y entrevistas deberán tener un seguimiento de auditoría suficiente como para garantizar tanto el anonimato del paciente como la reserva de los resultados como la no "negociación" de los mismos.

4- Apertura de Registros de Causas Pendientes y trabajos sobre los casos de detenidos sin Sentencia Judicial Definitiva.

Desde el momento de la intervención se pondrá a disposición un Nuevo Registro de Causas Abiertas para la Resolución Judicial por el Nuevo Sistema, en cada mesa de entrada de cada juzgado como se mencionó anteriormente. En Cada juzgado Civil y Comercial, Criminal y Correccional y de Trabajo, con personal encargado de mantener el registro, buscar los expedientes y clasificar el orden de prelación de las causas en trámite a mantenerse actualizadas.

A este registro se presentarán dentro del plazo de 3 meses todos aquellos ciudadanos que pretendan aún derechos sobre litigios iniciados con anterioridad y que junto a sus letrados ratificarán la causa abierta y pendiente de resolución judicial, que se incorporará dentro del Nuevo Sistema de Administración de Justicia.

Estos expedientes serán separados del resto y estarán a la espera de la iniciación del Nuevo Sistema.

Cumplidos los 3 meses, todos los expedientes NO CON-FIRMADOS pasarán a un Archivo de Depósito Definitivo por el plazo de 180 días, momento después del cual se producirá la "quema definitiva" de los mismos.

Se calcula una reducción y liberación administrativa de "los papeles en circulación y depósito" en el sistema actual administrativo del orden de entre un 85 a un 95% del volumen actual.

De igual manera deberán quedar concluidas y con sentencia firme y definitiva y dentro de los 3 meses (producidas las apelaciones del caso, etc.) la situación procesal de todos los detenidos y personas a disposición del Poder Judicial.

5- Convocatoria a los Profesionales Independientes.

Desde la fecha de la intervención se convocará a todos los profesionales independientes que estén interesados a que se constituyan en Comisiones Reconocidas por votación libre dentro del Colegio de Abogados, para que dentro de los 3 meses, en relación a todas las áreas de especialización jurídico-legal y de manera definitiva presenten el Nuevo Sistema de Administración de Justicia a ser Implementado. Los estudios y propuestas definitivas deberán contener toda la Racionalización Legislativa que corresponda y todos los manuales, códigos y procedimientos organizativo-administrativos que hagan al novel sistema.

La sistematización electrónica y audio-visual de lo implementado deberá ser considerada como una herramienta de condición necesaria a incorporar en todas las etapas de la nueva reestructuración.

Deberán también constituirse las Comisiones Inter-disciplinarias para que produzcan los contactos, comunicaciones y ajustes que hagan a la homogeneización del sistema de administración de justicia.

6- Diagramación y Presupuestos para la Seguridad Pública

Desde el mismo momento de la intervención del Depto. Judicial Mar del Plata se le requerirá a la Policía Local y Provincial y a los Bomberos de MDP que diagramen y presupuesten un Sistema de Seguridad Pública y Contra Incendios, que incluya Nuevos Códigos de Procedimientos, Personal y Materiales a incorporar como así también los niveles de idoneidad e instrucción tanto del personal como de la ciudadanía para que el sistema pueda funcionar de manera altamente eficiente y sea puntualmente eficaz.

Los presupuestos no deben escatimar materiales en función de los costos, sino que deben poder representar los Recursos Ideales para una Perfectible Seguridad Pública y Contra Incendios Moderna, de alta eficiencia y efectividad.

7- Diagramación y Presupuestos para la implementación de los distintos sistemas de administración de justicia electrónicos y audiovisuales.

Junto a la convocatoria de los profesionales independientes, se convocará a una Comisión Especial de Especialistas en Interdisciplinas que hagan a Comunicaciones, Informática, Audiovisuales, Microfilmaciones, etc. para que diseñen, presenten y liciten dentro de los 3 meses el sistema informático que se utilizará en todo el Depto. Judicial MDP.

8- Convocatoria a Bancos y Entidades de Producción de Bienes y Servicios Locales.

Debido a que las entidades bancarias y financieras en general, requieren de entre el 80 al 90% de todo el esfuerzo de seguridad de las fuerzas de policía y bomberos se las convocará para que de manera conjunta se distribuyan la inversión y el Gasto de la Puesta en Marcha y Mantenimiento del Nuevo Sistema de Seguridad Pública.

Dentro de los presupuestos de la Comuna se reglamentará la participación de toda la comunidad en la Integración y Mantenimiento de todo el Sistema de Seguridad contra Incendios. Y se convocará a las 150 a 200 empresas de mayor facturación y "cartel" de plaza para que se integren financieramente para cubrir las inversiones fijas del nuevos sistema integral informático (costos iniciales de arranque) del Nuevo Régimen de Administración de Justicia del Partido de Gral. Pueyrredón (a pesar de incluir una zona de mayor influencia)

Los conceptos que nos mueve a presentar este Procedimiento para la Transformación del Sistema de Administración de Justicia por Medios Alternativos son los siguientes:

1- que una sociedad no puede vivir sin justicia.

2- que el nivel de corrupción tanto dentro como fuera del Poder Judicial es tan apabullantemente alto y generalizado que se hace prácticamente imposible transformar el actual sistema por medios convencionales debido a los intereses creados que lo comprometen, tanto institucional, como profesional, como políticamente.

3- que la "maraña" de normas y disposiciones está tan embarullada que literalmente inhibe todo proceso de racionalización y ajuste del sistema.

4- que con el avance tecnológico y con el avance de la ciencia de la organización y de la administración al igual que el desarrollo informático y de comunicación Toda la Administración de Justicia debe definitivamente incorporarse al Mundo Actual.

Un Mundo que requiere que Su Pueblo viva en Paz y Armonía y con el Menor Nivel posible de Conflicto Real y Potencial.

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